Declaración Anual Personas Morales 2022
No hay fecha que no llegue ni plazo que no se cumpla y, en el caso de los contribuyentes mexicanos, ha llegado el momento de ponerse en orden con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La Declaración Anual Personas Morales Es una obligación fiscal que todas las personas morales deben presentar, no importando el régimen fiscal en que se encuentren.
Se presenta dentro de los tres primeros meses del ejercicio siguiente, es decir, la declaración del ejercicio 2019 se debe presentar máximo el día 31 de marzo del 2020.
- Régimen General
- Fines no lucrativos
El sistema del SAT ya contará con bastante información previamente presentada mediante las declaraciones mensuales y bimestrales que elaboramos a lo largo del año.
Las personas morales que estén constituidas por personas físicas cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal del año pasado no hayan excedido los 35 millones de pesos o que estén iniciando operaciones y estimen que sus ingresos totales no excederán esa cantidad sí estarán obligados a tributar en el Resico.
A más tardar el 31 de enero de este año, los contribuyentes que se encuentren dentro de esta categoría deberán presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT pero, en caso de que no lo presenten, la autoridad fiscal podrá realizar la actualización de forma directa
- Para comenzar con la Declaración Anual Personas Morales, accedemos a la página del SAT mediante el siguiente enlace: https://loginda.siat.sat.gob.mx/nidp/wsfed/ep?id=ciec&sid=0&option=credential&sid=0
Se solicitará entrar mediante la e.firma y nuestra contraseña. Ingresamos nuestra información para acceder al sistema.
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Nos aparecerá la siguiente ventana en la que se nos preguntará el ejercicio correspondiente a la declaración que estamos presentando. En este caso, corresponderá al ejercicio 2019.
Elegimos también el régimen en el que estamos registrados, el periodo y el tipo de declaración. Una vez hecho esto, daremos clic en continuar.
- Balance general del ejercicio fiscal a declarar.
- Estado de resultados.
- Pagos y declaraciones provisionales, mensuales y definitivos.
- Documentos que acrediten los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR).
- Documentos que acrediten los pagos mensuales de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Inmediato cancela imprime el recibo

Al terminar, el sistema nos mostrará en pantalla un acuse de recibo, el cual es importante descargar e incluso imprimir para cualquier aclaración futura.
- obligaciones ante el SAT pero, en caso de que no lo presenten, la autoridad fiscal podrá realizar la actualización de forma directa.
SAT en linea
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Antes de seguir adelante, hay que aclarar toda la información que debemos tener a la mano para el llenado de la declaración. No es un proceso sencillo y se deben tener algunos conocimientos de contabilidad para la presentación de forma correcta.
- El Resico forma parte de los cambios que estableció el SAT de cara a 2022 con el objetivo de hacer más fácil el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) e incluso menos oneroso, al tiempo de incrementar la recaudación fiscal que de enero a diciembre 2021 alcanzó ingresos tributarios por tres billones 561 mil millones 081 pesos, que representa un incremento de 1.1 por ciento frente al mismo periodo de 2020.
- Entre los beneficios de este nuevo Régimen se enlistan las tasas impositivas mínimas a personas físicas que van desde el uno hasta el 2.50 por ciento, cálculo automático del impuesto, la no presentación de declaraciones informativas, ni la obligación de llevar contabilidad electrónica conforme a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, detalla la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente (Prode- con), a través de una guÍa publicada recientemente para apoyar a la integración a este régimen.
- Al igual que las personas físicas, las personas morales deberán efectuar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio a más tardar el día 17 del mes anterior al que corresponda el pago, detalla el Prodecon.